domingo, 25 de octubre de 2020

25 de octubre de 2020

Día largo por el cambio de hora, frío, lluvioso e invernuzo, que solo invitaba a quedarse en casa. 

A mediodía el presidente del Gobierno daba cuenta de que el Consejo de Ministros se había reunido con carácter extraordinario y acordado declarar el Estado de Alarma en todo el país. La norma fue publicada por la tarde en el Boletín Oficial del Estado.

Como breve resumen para nuestra Comunidad Autónoma las cosas siguen como el fin de semana con la restricción de movimientos de 22.00 a 06.00 pero deja abierta la puerta a un endurecimiento de las medidas que quedan en manos del ejecutivo Autonómico como son:


¿Es un estado de alarma como el anterior?

No. 


¿En qué se diferencia?

Principalmente en que no habrá confinamiento domiciliario de la población.


¿Hasta cuándo se prolongará este estado de alarma?

Hasta el lunes 9 de noviembre, pero la idea inicial del Gobierno es que el estado de alarma se prolongue durante seis meses, hasta el 9 de mayo. 


¿Podría terminar antes del 9 de mayo?

Sí.


¿Va a haber confinamiento general de la población?

Inicialmente no, pero las competencias las tienen los presidentes de cada comunidad autónoma. De manera que si los datos empeoran en una comunidad, podrían llegar a decretar confinamiento domiciliario. 

En cualquier caso, la petición del gobierno es que la población se quede en casa lo máximo posible. A menos movilidad, menos contactos y menos posibilidades contagio.


¿Vamos a poder salir libremente de casa?

Si, Durante el día se podrá salir con cualquier fin, pero por la noche se limitan los movimientos.


¿De qué hora a qué hora va el toque de queda?

En todo el territorio nacional, el toque de queda va de 23:00 horas a 06:00 horas (en Castilla y León de momento de 22:00 a 06:00 horas.


¿Todas las comunidades autónomas tienen el mismo horario?

No. Cada comunidad autónoma puede adelantar o atrasar la hora de inicio del toque de queda. Así podría empezar entre las 22:00 y 00:00 horas, y terminar entre las 5:00 y las 7:00 horas


¿Hay excepciones al toque de queda? 

Sí. Durante el toque de queda se puede estar en la calle por las siguientes causas justificadas. Estas serían algunas:

  • Asistir al médico; adquirir medicamentos.
  • Volver del trabajo y regresar al domicilio.
  • Cuidar personas mayores.
  • Emergencias.


¿Podremos movernos dentro de la comunidad autónoma?

De momento sí, pero cada comunidad decidirá si hay libre circulación en su territorio o si  se realizarán confinamientos perimetrales —de barrio, ciudad, distrito, provincia— dentro de la propia comunidad. 


¿Habrá movimiento entre comunidades?

De momento sí. Cada comunidad decide si cierra su territorio a otras autonomías. En caso de que una comunidad cerrase sus fronteras, puede haber desplazamientos por motivos laborales, educativos o médicos.  


¿Cuántas personas pueden reunirse?

Las comunidades también podrán limitar las reuniones sociales, pero con un límite máximo de seis personas, salvo que sean convivientes.


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